El Gobierno aprueba su primer Plan de Protección Internacional en Cataluña

Garantiza la ayuda a los extranjeros perseguidos en sus países de origen.

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El Gobierno ha aprobado el Plan de Protección Internacional en Cataluña , un nuevo instrumento que establece los principios, las medidas y las líneas de financiación para acoger y proteger a las personas con temores fundados de ser perseguidas en sus países de origen o de residencia habitual por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas , pertenencia a un grupo social, género u orientación sexual.

Entre otras acciones, el Plan incluye el impulso de propuestas de mejora del régimen jurídico de este colectivo, actuaciones de formación e información, la acogida o la participación coordinada en reasentamientos y en supuestos de afluencia masiva de personas desplazadas.

Las medidas se dirigen a dos grupos de personas. Por un lado, las personas perseguidas y, por otro, el conjunto de la sociedad catalana para concienciarles sobre la necesidad de incidir políticamente y social ante los conflictos internacionales que provocan las diversas formas de persecución. El Plan identifica hasta nueve colectivos de personas perseguidas:

• solicitantes de asilo

• menores no acompañados perseguidos

• víctimas de tráfico de personas

• miembros de desplazamientos masivos

• personas torturadas

• defensores de derechos humanos

• escritores perseguidos

• desplazados por reasentamientos

• apátridas

La iniciativa , impulsada por el Departamento de Bienestar Social y Familia, responde también a un deber histórico de Cataluña con la comunidad internacional por los miles de catalanes que sufrieron el exilio tras la Guerra Civil en países como Francia, México, Argentina, Chile o Italia. Una obligación moral y de apertura democrática que pasa por captar los problemas sociales y las crisis humanitarias que ocurren en el mundo y para contribuir a dar respuesta desde la solidaridad y la reacción práctica.

La protección internacional engloba el derecho de asilo, el refugio, la protección subsidiaria, el reasentamiento y la protección temporal, tanto de las personas de nacionalidad extranjera como de las apátridas. Se trata de una realidad con incidencia en Cataluña con diversas iniciativas promovidas en los últimos años por parte de la Generalitat, algunos ayuntamientos y determinadas entidades.

El derecho de asilo, a pesar de ser una competencia exclusiva del Estado, permite a la Generalidad intervenir mediante sus competencias propias y sectoriales. La misma legislación estatal prevé que las comunidades autónomas puedan gestionar los servicios y los programas específicamente destinados a las personas solicitantes de asilo. Compartir responsabilidades en la gestión de la protección internacional , entre los diversos niveles de la Administración, es una necesidad reconocida al mismo Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Plan de Protección Internacional en Cataluña se inspira en un documento de bases previo fruto de un grupo de trabajo de la Taula de Ciudadanía e Inmigración , el órgano colegiado de la Generalitat que canaliza la participación de la sociedad en las políticas públicas de gestión del hecho migratorio . En este grupo participaron ACCEM; Cruz Roja; la Asociación Catalana de Solidaridad y Ayuda al Refugiado, la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado; la Asociación Catalana para la Integración de Homosexuales, Bisexuales y Transexuales Inmigrantes; EXIL ; el Instituto de Derechos Humanos de Cataluña, el PEN Catalán; Iniciativas Solidarias; SICAR cat, el Ayuntamiento de Barcelona, y la Dirección General para la Inmigración del Departamento de Bienestar Social y Familia.

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