Hacienda amplía a 75.000 los ingresos que obligan a presentar impuesto sobre sociedades

Después de las quejas recibidas, sube el mínimo de 50.000 euros establecido en la reforma fiscal de 2014.

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La publicación y próxima entrada en vigor de la Ley 48/2015 de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE 31/10/2015) ha vuelto a modificar los límites establecidos porque una entidad no lucrativa que esté en el régimen fiscal de las entidades parcialmente exentas esté obligada a presentar declaración por el Impuesto sobre sociedades.

En concreto, el cambio afecta a la condición relacionada con el volumen total anual de los ingresos de la entidad que, después de sucesivas modificaciones de la reforma fiscal que se hizo en noviembre de 2014, había quedado establecido en 50.000 euros.

El artículo 63 de la Ley de Presupuestos modifica el apartado 3 del artículo 123 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que es donde se establece la obligación de declarar en todas las entidades no lucrativas que no estén en el régimen fiscal de la ley 49/2002, es decir, a la mayoría de asociaciones.

Las tres condiciones que tendrán que cumplir finalmente las entidades para no tener que presentar declaración por el Impuesto sobre sociedades son:

Que sus ingresos no superen los 75.000 euros anuales.

Que sus ingresos sometidos a retención no superen los 2.000 euros anuales.

Que todas las rentas no exentas que  obtengan estén sometidas a retención.

Por lo tanto, el límite del volumen de ingresos que exime de la obligación de declarar a todas aquellas entidades que todos sus ingresos los hayan obtenido derivados de su actividad social, que no hagan actividad económica y que, si obtienen rentas no exentas, estas estén sometidas a retención y no superen los 2.000 euros anuales, pasa a ser de 75.000 euros, en lugar de los 50.000 actuales.

La modificación se establece ya por los ejercicios que empiecen a partir del 1 de enero de 2015, es decir, será de aplicación con efectos retroactivos a aquella fecha, a pesar de que la Ley de Presupuestos no entra en vigor hasta el 1 de enero de 2016.

Fuente: Suport Associatiu

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